Proceso Divisorio en Bogotá: Cómo poner fin a la copropiedad
¿Es dueño de un inmueble en Bogotá con otras personas y no logran ponerse de acuerdo para vender o dividir? El proceso divisorio es la herramienta jurídica definitiva en Colombia para terminar con la comunidad o el proindiviso. Conozca cómo se tramita ante los juzgados civiles de Bogotá y cuáles son las mejores estrategias para proteger su patrimonio.
¿Qué es el proceso divisorio y cuándo aplicarlo?
Regulado por el Código General del Proceso (Arts. 406 al 418), este proceso permite que un juez decrete la división material o la venta en pública subasta de un bien (mueble o inmueble).
Nadie está obligado a vivir en comunidad. Si usted es copropietario, tiene el derecho irrenunciable a pedir la división en cualquier momento.
Tipos de proceso divisorio
Requisitos para iniciar la demanda en proceso divisorio en Bogotá
Para que un juez civil del circuito de Bogotá admita su demanda, debe aportar:
¿Cuál es el procedimiento del proceso divisorio?
El proceso inicia con la presentación de la demanda ante el juzgado civil determinado por el fuero real; es decir, por el lugar donde se encuentra ubicado el inmueble. En Bogotá, la competencia se define según la ubicación del predio y la cuantía (mínima, menor o mayor cuantía de acuerdo con el avalúo).
Es un litisconsorcio necesario, pues debe llamarse a todos los comuneros. El demandante puede solicitar la división o venta y el pago de mejoras mediante juramento estimatorio en la demanda. El demandado tiene 10 días de traslado y puede objetar el dictamen pericial.
Una vez agotadas las etapas del proceso, el juez podrá decidir decretar o denegar la división en el siguiente sentido:
- Auto que niega la división será susceptible de recurso y deberá ser resuelto por el superior jerárquico.
- Auto que decreta la división, si es material, el juez dicta sentencia y decreta la división y partición.
- Auto que decreta la venta: se procederá con el remate, el proceso seguirá hasta que se haga la venta del bien y se repartirá en las partes que sean propietarios.
Mejoras en el proceso divisorio
Cualquier reclamación por mejoras debe hacerse en la demanda o contestación, bajo gravedad de juramento y con dictamen pericial.
- En la venta: Se pagan con el resultado del remate del inmueble.
- En la división material: Si las mejoras no quedan en la parte adjudicada al reclamante, este puede ejercer el derecho de retención hasta que le sea pagado su valor.
División de mutuo acuerdo (Vía Notarial)
No siempre se requiere un proceso judicial. Si todos los comuneros están de acuerdo, pueden acudir ante una notaría en Bogotá para realizar la división por escritura pública.
Requisitos para el trámite notarial:
- Acuerdo unánime de los comuneros.
- Fotocopias de cédulas y escritura de adquisición.
- Certificado de libertad y tradición vigente.
- Plano de división material y licencia de división (expedida por una Curaduría Urbana de Bogotá).
- Solicitud formal de división y adjudicación.
Se deberá allegar la documentación correspondiente a la notaría, donde se evaluará cada uno de los requisitos y si es procedente la división material del inmueble. Una vez aprobada, se cita a los comuneros para la firma de la escritura pública, previa verificación de datos e información que quedará plasmada en ella. La escritura se deberá enviar a la oficina de registro de instrumentos públicos (zona norte, centro o sur) dependiendo de la ubicación del inmueble en Bogotá. De esta manera se realizará la apertura de los folios de matrícula.
¿Busca vender un bien común en Bogotá sin el consentimiento de todos?
Evite que su patrimonio se deprecie en un conflicto familiar o societario. Nuestros abogados expertos en Derecho Civil y Procesal en Bogotá le ayudarán a recuperar su inversión de forma eficiente.


