Liquidador de intereses de mora 2026: Calcula a la tasa certificada por la SFC

Los intereses de mora son uno de los instrumentos más importantes en el cobro de cartera en Colombia, y también uno de los más mal liquidados. Un error en la tasa aplicada puede anular el cobro, generar responsabilidades para el acreedor o simplemente dejar dinero sobre la mesa. Esta guía explica todo lo que necesitas saber y te da acceso a una herramienta de liquidación automática con las tasas certificadas vigentes para 2026.

¿Qué son los intereses de mora en Colombia?

Cuando una obligación dineraria no se paga en la fecha pactada, el acreedor tiene derecho a exigir, además del capital, una compensación por el tiempo de retardo. Esa compensación son los intereses de mora. En Colombia, su reconocimiento surge del artículo 1617 del Código Civil para obligaciones civiles y del artículo 884 del Código de Comercio para obligaciones mercantiles.

La ley distingue dos tipos de interés que conviven en una misma obligación: el interés corriente, que corresponde al rendimiento normal del dinero durante el plazo pactado, y el interés de mora, que aplica una vez vencido ese plazo como sanción por el incumplimiento. Ambos pueden coexistir: primero se cobra el corriente sobre el período vigente, y luego el de mora sobre el período vencido.

¿Qué es la tasa certificada por la SFC?

La Superintendencia Financiera de Colombia emite cada mes una resolución en la que certifica la tasa de interés bancario corriente para diferentes modalidades de crédito. Esta tasa es el punto de partida para determinar el límite legal del interés de mora, ya que la ley establece que el interés moratorio no puede superar una vez y media (1.5 veces) el interés bancario corriente certificado.

Dicho de otro modo: si la SFC certifica una tasa corriente del 20% efectivo anual para un período determinado, el interés de mora máximo legal para ese mismo período es del 30% efectivo anual. Cobrar por encima de ese techo configura el delito de usura, tipificado en el artículo 305 del Código Penal colombiano.

La resolución de la SFC se expide mensualmente, lo que significa que en una deuda de larga data la tasa de mora puede variar período a período. Una liquidación correcta debe aplicar la tasa vigente en cada tramo del tiempo de mora, no una sola tasa plana para todo el período.

Cómo calcular intereses de mora correctamente

La fórmula básica para calcular intereses de mora en Colombia es la siguiente:

Intereses = Capital × Tasa diaria × Número de días en mora

Donde la tasa diaria se obtiene convirtiendo la tasa efectiva mensual (E.M.) certificada por la SFC: Tasa diaria = (1 + Tasa E.M.)^(1/30) − 1

El proceso correcto implica identificar cada tramo del período de mora, aplicar la tasa SFC vigente en ese tramo, calcular los intereses parciales y sumarlos al final. En deudas con varios años de mora, esto puede implicar docenas de tramos distintos, lo que hace indispensable una herramienta de cálculo automatizado.

Los errores más frecuentes en la liquidación de cartera son: aplicar una sola tasa para todo el período sin respetar los cambios mensuales de la SFC, confundir la tasa efectiva anual con la mensual, no separar el interés corriente del interés moratorio, y omitir el cálculo día por día usando en cambio promedios mensuales inexactos.

¿Cómo usar el Liquidador de Intereses de Mora SFC de Vindicar?

El liquidador disponible en esta página aplica automáticamente las tasas certificadas por la SFC desde 2011 hasta el mes en curso. El proceso es simple:

Ingresa el capital adeudado, la fecha de vencimiento de la obligación y la fecha de liquidación. La herramienta calcula los días en mora, identifica cada tramo con su tasa SFC correspondiente y arroja el total de intereses de mora. Si la obligación tiene interés corriente, puedes activar esa opción e ingresar la tasa pactada o usar la tasa SFC. Si deseas incluir honorarios de cobro con o sin IVA del 19%, también puedes activarlos y la herramienta los suma al total.

Tasas Superintendencia Financiera de Colombia vigentes 2026

La tabla adjunta muestra las tasas certificadas por la SFC para cada mes, incluyendo el interés corriente E.A., el interés corriente E.M., el interés de mora E.A. y el interés de mora E.M. Las tasas se actualizan mes a mes con la resolución correspondiente.

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