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Unión marital de hecho

La unión marital de hecho es una forma de constituir una familia en Colombia sin necesidad de celebrar un matrimonio civil o religioso. Esta figura jurídica reconoce los derechos y deberes de las parejas que conviven de manera permanente, ya sean heterosexuales u homosexuales. En este artículo te explicaremos qué es la unión marital de hecho, cuáles son sus requisitos, cómo se declara y cómo se disuelve.

¿Qué es la unión marital de hecho?

Implica una decisión libre y consentida de dos personas que deciden compartir un proyecto de vida común, brindarse solidaridad y socorro mutuo, y asumir derechos y deberes como pareja. La Corte Constitucional ha extendido la protección jurídica de la unión marital de hecho a las parejas del mismo sexo, para garantizar su dignidad, su libre desarrollo de la personalidad y su no discriminación.

Requisitos para declarar la unión marital de hecho

Para que se configure se requieren tres elementos esenciales:

  • Comunidad de vida: Implica el convivir y compartir la vida en pareja, realizando en conjunto un proyecto de vida común.
  • Singularidad: implica que no puede haber pluralidad de relaciones de la misma índole, es decir, que uno de los compañeros permanentes no puede tener al mismo tiempo dos o más uniones libres.
  • Permanencia: implica que la relación debe durar en el tiempo y no ser ocasional o transitoria.

Además, se exige que los compañeros permanentes no tengan impedimento legal para contraer matrimonio entre sí, como por ejemplo ser menores de edad, estar casados con otra persona o tener parentesco cercano. En caso de que exista algún impedimento legal, se debe acreditar que el mismo ha cesado o se ha solucionado antes de constituir la unión marital de hecho.

¿Cómo se puede declarar la unión marital de hecho?

La unión marital de hecho puede declararse por mutuo consentimiento de los compañeros permanentes o por sentencia judicial. Los mecanismos hacerlo son los siguientes:

Declaración por escritura pública ante notario

Los compañeros permanentes deben presentarse personalmente ante el notario con sus documentos de identidad y manifestar su voluntad expresa de constituir una unión marital de hecho. El notario redactará una escritura pública que contendrá los datos personales y patrimoniales de los compañeros permanentes, así como las estipulaciones que acuerden sobre su sociedad patrimonial.

Declaración por acta de conciliación ante centro legalmente establecido

Los compañeros permanentes deben acudir a un centro legalmente establecido (como una casa o centro de justicia) y solicitar una audiencia ante un conciliador. En dicha audiencia, los compañeros permanentes deben manifestar su voluntad expresa.

Declaración por sentencia Judicial

Uno de los compañeros permanentes debe interponer una demanda ante un juzgado de familia solicitando la declaración de la unión marital de hecho, para lo cual debe allegar todas las pruebas que acrediten tal hecho.

¿Qué beneficios tiene declarar la unión marital de hecho?

La declaración de la unión marital del hecho se ha convirtiéndose en una alternativa común al matrimonio, por lo que es importante analizar los beneficios que esta figura puede tener:

  • La sociedad patrimonial se crea únicamente transcurridos dos (2) años de convivencia
  • Sustitución pensional
  • Vocación hereditaria
  • Afiliación beneficiario en el sistema de seguridad social.

Término para realizar la declaración de la unión marital de hecho.

La declaración de unión marital de hecho se puede realizar en cualquier momento, teniendo en cuenta que es imprescriptible, es decir, no existe un término dentro del cual quien pretenda la declaración deba iniciar el proceso.

No obstante, frente a la declaración de la sociedad patrimonial derivada de la unión marital de hecho, prescribe en un (1) año, contado a partir del momento en que opera la separación definitiva de los compañeros permanentes, del matrimonio con terceros o de la muerte de uno o ambos compañeros permanentes.

Diferencias entre la unión marital de hecho y el matrimonio

  1. La declaración de unión marital de hecho se crea por la simple convivencia y tiene diversos mecanismos a través de los cuales puede ser declarada, incluso sin la voluntad de alguno de los compañeros permanentes, mientras que el matrimonio sé únicamente manifiesta a través de la celebración del contrato solemne celebrado ante autoridad competente.
  2. La comunidad de bienes en la unión marital de hecho nace después de dos (2) años de convivencia y se denomina sociedad patrimonial, mientras que en el matrimonio la sociedad conyugal nace al momento de la celebración
  3. El Matrimonio se puede probar únicamente con el registro civil de matrimonio, mientras que para probar la unión marital de hecho se puede hacer ante juzgados a través de testimonios, documentos, entre otros medios de prueba.

¿Se puede declarar la unión marital de hecho entre parejas del mismo sexo?

En Colombia es posible declarar la unión marital de hecho y su consecuente sociedad patrimonial ente parejas del mismo sexo, para lo cual se debe cumplir los mismos requisitos establecidos en la ley 54 de 1990.

La declaración también se puede realizar a través de escritura pública o acta de conciliación cuando existe mutuo acuerdo, o a través de sentencia judicial cuando alguno de los compañeros permanentes no está de acuerdo.

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