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Acción de petición de herencia

La acción de petición de herencia, permite al heredero solicitar la adjudicación de los bienes relictos que se encuentran en poder de otro heredero.

¿Qué es la acción de petición de herencia?

La acción de petición de herencia es el mecanismo jurídico que tiene el heredero de una persona fallecida para exigir que se le adjudique la herencia y se le restituyan las cosas hereditarias cuando estas se encuentran en poder de otro heredero. Aquel que acude a la acción de petición de herencia puede ser heredero único o concurrente.

El artículo 1321 del código civil indica que: “El que probaré su derecho a una herencia, ocupada por otra persona en calidad de heredero, tendrá acción para que se le adjudique la herencia, y se le restituyan las cosas hereditarias, tanto corporales como incorporales; y aún aquellas de que el difunto era mero tenedor, como depositario, comodatario, prendario, arrendatario, etc., y que no hubieren vuelto legítimamente a sus dueños.”

Requisitos de la acción de petición de herencia:

Para la prosperidad de la acción de petición de herencia se deben acreditar principalmente dos elementos:

  1. Que el demandante tiene la calidad de heredero del causante y que no ha participado en la partición de la herencia.
  2. Que la parte de la herencia que a este le corresponde se encuentre en poder de otra persona en calidad de heredero

De esta manera se deberá acreditar la legitimación en la causa de las partes, es decir, se debe acreditar la calidad de heredero tanto del demandante como del demandado.

Efectos de la acción de petición de herencia.

Si la acción de petición de herencia resulta favorable al demandante, se deberá realizar la adjudicación de la herencia que en principio le correspondía y la restitución de los bienes relictos que el difunto tenía, así como los frutos que ellos hubieren producido.

Prescripción de la acción de petición de herencia

El derecho de petición de herencia expira en diez (10) años. Pero el heredero putativo, en caso del inciso final del artículo 766, podrá oponer a esta acción la prescripción de cinco (5) años, contados como para la adquisición del dominio. Lo anterior de acuerdo a lo estipulado en el artículo 1326 del código civil.

Es decir, aquel contra el que se dirige la acción de petición de herencia, podrá alegar la prescripción, y el demandante perderá el derecho que le correspondía sobre la herencia. Es importante que la prescripción sea alegada dentro del término oportuno, toda vez que no puede ser decretada de oficio por el juez.

¿Qué hacer si no me incluyeron en la sucesión?

Cuando un heredero no es incluido en la sucesión, es decir, se desconoció su derecho, este puede acudir a la acción de petición de herencia para exigir se le adjudique la porción o la totalidad de los bienes relictos en caso de tener mejor derecho.

¿Qué juez conoce la demanda?

La competencia para conocer los procesos de acción de petición de herencia es de los jueces de familia del último domicilio y asiento principal de los negocios del causante.

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