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Proceso declarativo de pertenencia en Colombia

El proceso declarativo de pertenencia permite a una persona convertirse en propietario de un bien mueble o inmueble del que antes era únicamente poseedor.

¿Qué es la declaración de pertenencia y quiénes pueden solicitarla?

El proceso de pertenencia o proceso declarativo de pertenencia es un proceso judicial a través del cual una persona, previo cumplimiento de determinados requisitos que exige la ley, puede convertirse en dueño de un bien mueble o inmueble del cual antes era únicamente poseedor. Este proceso se encuentra regulado en el articulo 375 del Codigo General del proceso.

El proceso de pertenencia se inicia ante un juez civil con el fin de que este declare al demandante propietario cuando se cumplen los requisitos de la prescripción adquisitiva de dominio.

La prescripción adquisitiva de dominio, como también se denomina este fenómeno, solo es posible si quien pretende adquirir el dominio del bien no es dueño, pero actúa como si lo fuera, desconociendo cualquier otro dueño. Esto significa que, en caso de mera tenencia, como lo es el contrato de arrendamiento, no es posible iniciar un proceso declarativo de pertenencia aun cuando se ha tenido el inmueble en arriendo por más de 10 años.

Requisitos para iniciar un proceso de pertenencia

Para iniciar un proceso declarativo de pertenencia, se requiere cumplir principalmente con dos requisitos:

  1. Posesión pacífica, tranquila e ininterrumpida. De acuerdo con el artículo 762 del código civil, la posesión es la tenencia de una cosa determinada con el ánimo de señor y dueño
  2. Transcurso del tiempo: Para adquirir un bien mueble o inmueble a través de un proceso declarativo de pertenencia, se debe cumplir con el tiempo exigido para que se configure la prescripción.

¿Qué es la prescripción adquisitiva de dominó?

La prescripción adquisitiva de dominio es el modo de adquirir la propiedad de un bien por el paso del tiempo. El que pretenda la adquisición de bien inmueble por prescripción adquisitiva debe haberlo poseído de manera pacífica e ininterrumpida por el término de 5 años para la prescripción ordinaria y 10 años para la prescripción extraordinaria.

La propiedad o el derecho real de dominio se puede adquirir por el paso del tiempo, según lo establece el artículo 673 del Código Civil Colombiano.

Diferencias entre prescripción adquisitiva ordinaria y extraordinaria

Prescripción adquisitiva ordinaria  

La prescripción adquisitiva de dominio ordinaria se presenta cuando el bien inmueble es ocupado de forma pacífica e ininterrumpida, de manera regular, lo que significa que se cuenta con un justo título y buena fe.

En estos casos se requiere un término de posesión de 3 años para bienes muebles, y de 5 años para bienes inmuebles 

Prescripción adquisitiva extraordinaria  

La prescripción adquisitiva de dominio extraordinaria se da cuando la posesión es irregular; es decir, no se cuenta con un justo título. Se debe probar únicamente la posesión pacífica e ininterrumpida con ánimo de señor y dueño. El término para adquirir un bien inmueble a través de prescripción extraordinaria de dominio es de 10 años

¿Como probar la posesión de un inmueble ante un juez?

En el proceso de pertenencia se pueden usar todos los medios de prueba contemplados en el código general del proceso y que resulten útiles para el convencimiento de juez, particularmente:

  1. Recibos de pago de servicios públicos
  2. Recibo de pago de impuestos
  3. Testimonio de vecinos que acrediten la posesión por el tiempo exigido
  4. Cualquier documento que pueda probar la posesión pacífica e ininterrumpida

Documentos necesarios para iniciar el proceso declarativo de pertenencia.

Además de las pruebas que se pretendan aportar al proceso con el fin de acreditar la posesión, se deberá adjuntar los siguientes documentos:

  1. Escritura pública del inmueble
  2. Certificado especial de pertenencia expedido por la oficina de registro de instrumentos públicos.

Abogados para procesos de pertenencia

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