Tipos de sociedades comerciales en Colombia
Cuando una persona decide iniciar un negocio, debe analizar los distintos tipos de sociedades que se pueden constituir. Esta decisión influye en la responsabilidad, el control, los órganos administrativos, la gestión de recursos, entre otros factores que son determinantes para el crecimiento de una empresa.
Las sociedades son una agrupación de personas que se unen con el fin de alcanzar un objetivo, esta asociación puede ser de personas naturales y/o jurídicas que tiene como fin desarrollar actos mercantiles. Las sociedades crean una persona jurídica que es totalmente diferente a sus integrantes, con la capacidad de ejercer derechos y adquirir obligaciones.
Es importante contar con el asesoramiento de un abogado especialista en derecho comercial para determinar el tipo de sociedad adecuada para cada emprendimiento.
Clasificación de las sociedades comerciales en Colombia
Las sociedades comerciales en Colombia se clasifican en dos grupos:
Sociedades de personas:
En las sociedades de personas, prima las personas que conforman la sociedad más que su aporte social, por lo general este tipo de sociedades es creada por familiares y amigos. En esta clasificación se encuentran las siguientes sociedades:
- Sociedad de responsabilidad limitada
- Sociedad Colectiva
- Sociedad en Comandita simple
- Sociedad o empresa unipersonal
Sociedades de capital:
En las sociedades de capital tiene importancia el aporte que realiza cada uno de los socios al capital social, por lo que no reviste importancia en quién recaen las acciones. En esta clasificación se encuentran las siguientes sociedades:
- Sociedad anónima
- Sociedad por Acciones Simplificadas
- Sociedad de Economía Mixta
- Sociedad en Comandita por Acciones
Sociedades anónimas (S.A.)
Para constituir este tipo de sociedad se requiere de mínimo 5 socios sin límite máximo, es una sociedad de capital que se divide en acciones y que, por tanto, permite su negociación en la bolsa de valores. Los accionistas serán responsables hasta el monto de sus aportes y se deberá constituir por escritura pública.
Sociedad por acciones simplificadas (S.A.S.)
La sociedad por acciones simplificada es una de las sociedades más utilizadas en Colombia, fue creada por la Ley 1258 de 2008,siendo esta la más flexible al momento de constituirse, ya que permite simplificar trámites y formalizar un emprendimiento con bajo presupuesto. Esta sociedad se podrá constituir por una sola persona sin un límite máximo de socios, se puede crear por documento privado, el cual deberá ser registrado en la cámara de comercio correspondiente. La responsabilidad de los socios, al igual que las demás sociedades de capital, será hasta el monto de sus aportes.
Sociedad de economía mixta
Son sociedades comerciales que cuentan con aportes estatales y de capital privado para el desarrollo de actividades comerciales e industriales. Este tipo de sociedades se regulan por el derecho privado, pero si los aportes estatales son del 90% o más, estas se someterán al régimen de las sociedades comerciales e industriales del estado.
Sociedad en comandita por acciones
La sociedad en comandita por acciones divide su capital en acciones y el número mínimo de socios para su continuidad es de 5, asemejándose a la sociedad anónima. Su constitución se debe realizar por escritura pública la cual se debe registrar ante la cámara de comercio.
Sociedad colectiva (Y CIA)
Es una sociedad comercial de personas, donde cada uno responde de manera solidaria por las obligaciones derivadas de la operación de la sociedad, así mismo la administración corresponde a todos los socios. La sociedad colectiva se puede constituir con mínimo 2 socios sin un límite máximo y deberá ser constituida mediante escritura pública.
Sociedad en comandita simple.
La sociedad en comandita simple es una sociedad que se conforma por dos tipos de socios, los primeros se denominan socios comanditarios quienes aportan el capital, su responsabilidad será hasta el monto de sus aportes. Los segundos se denomina socios gestores, quienes administran la sociedad, responderán de manera solidaria e ilimitada.
En la sociedad en comandita simple el capital se divide en cuotas parte, no existe tampoco un límite de socios.
Sociedad de responsabilidad limitada (LTDA)
Para constituir este tipo de sociedad se requiere de mínimo 2 socios y máximo 25. Su responsabilidad será hasta el monto de los aportes, no obstante, en el caso de que las obligaciones a cargo de la sociedad tengan el carácter de fiscales o laborales, los socios serán responsables solidaria e ilimitadamente, cuando quiera que la compañía no pudiese satisfacerlas totalmente.
Empresas unipersonales
Es una persona jurídica distinta de su propietario, constituida por documento privado o escritura pública únicamente por una persona.
