Unión marital de hecho en Bogotá: Guía completa
La unión marital de hecho es la forma más común de constituir una familia en Bogotá y el resto de Colombia sin contraer matrimonio. Esta figura jurídica reconoce derechos y deberes a parejas heterosexuales y del mismo sexo que conviven de manera permanente.
A continuación, explicamos cómo formalizar esta unión en las notarías y centros de conciliación de Bogotá para proteger su patrimonio y seguridad social.
¿Qué es la unión marital de hecho?
Regulada por la Ley 54 de 1990, es la comunidad de vida permanente y singular entre dos personas, denominadas compañeros permanentes. En una ciudad diversa como Bogotá, esta figura garantiza la protección de la dignidad y el libre desarrollo de la personalidad de miles de parejas que deciden no casarse, pero sí compartir un proyecto de vida.
Requisitos esenciales para su configuración
¿Cómo declarar la unión marital de hecho en Bogotá?
La unión marital de hecho puede declararse por mutuo consentimiento de los compañeros permanentes o por sentencia judicial. Los mecanismos para hacerlo en Bogotá son los siguientes:
Escritura pública en notarías de Bogotá
Es el método más rápido. Los compañeros acuden a cualquiera de las 80 notarías de Bogotá con sus documentos de identidad, la solicitud de declaración de hecho y, en caso de que haya hijos, un inventario solemne de bienes.
Acta de conciliación
Pueden acudir a los centros de conciliación en Bogotá (como los de la Cámara de Comercio de Bogotá o consultorios jurídicos universitarios). El acta resultante tiene la misma validez que una sentencia judicial.
Sentencia judicial
Si uno de los compañeros se niega a declarar la unión, el otro puede interponer una demanda ante los Juzgados de Familia de Bogotá. En este proceso se aportan pruebas (testimonios, fotos, contratos de arrendamiento conjuntos) para que un juez la declare oficialmente.
¿Cuándo es necesaria la Declaración Judicial?
A diferencia del trámite notarial y por centro de conciliación (que requiere mutuo acuerdo), la vía judicial ante los Juzgados de Familia de Bogotá es el camino legal cuando:
- Falta de voluntad: Uno de los compañeros permanentes se niega a acudir a una notaría.
- Fallecimiento: Uno de los compañeros muere sin haber declarado la unión en vida.
- Separación conflictiva: La pareja se separa y es necesario declarar la unión para poder liquidar la sociedad patrimonial (repartir bienes).
El proceso ante los Juzgados de Familia de Bogotá
Presentar una demanda de declaración de unión marital de hecho en la capital requiere una estrategia probatoria sólida. El proceso se desarrolla así:
Presentación de la demanda
Nuestros abogados radican la demanda ante el reparto de los Juzgados de Familia de Bogotá. Es fundamental solicitar medidas cautelares sobre los bienes (inscripción de demanda) para evitar que la otra parte los oculte o venda durante el proceso.
Pruebas de la convivencia
En Bogotá, los jueces son rigurosos con la evidencia. Para ganar el caso, aportamos:
Testimonios: Declaraciones de vecinos, amigos o familiares que den fe de la convivencia singular y permanente en la ciudad.
Documentos: Contratos de arrendamiento conjuntos, pagos de servicios públicos, afiliaciones a seguridad social como beneficiario o cuentas bancarias compartidas.
Prueba de hijos: Registros civiles de nacimiento de hijos en común.
La sentencia judicial
Una vez agotadas las etapas de audiencia, el juez dicta sentencia declarando la existencia de la unión. Si la demanda fue presentada dentro del año siguiente a la fecha del fallecimiento o a la fecha que terminó la convivencia, también se declara la existencia de la sociedad patrimonial.
Beneficios de formalizar la unión marital de hecho.
La declaración de la unión marital de hecho se ha convertido en una alternativa común al matrimonio, por lo que es importante analizar los beneficios que esta figura puede tener:
Diferencias clave: unión marital vs. matrimonio
| Característica | Unión marital de hecho | Matrimonio civil/religioso |
| Inicio de bienes | Tras 2 años (sociedad patrimonial) | Desde el día 1 (Sociedad Conyugal) |
| Prueba | Escritura, acta o sentencia | Registro Civil de Matrimonio |
| Formalidad | Nace de la simple convivencia. | Nace de un contrato solemne. |
Sociedad Patrimonial: ¿Cómo proteger sus bienes en la unión libre?
A diferencia del matrimonio, donde la sociedad de bienes nace el mismo día de la boda, en la unión marital de hecho, la sociedad patrimonial se constituye únicamente cuando la pareja lleva al menos dos (2) años de convivencia permanente.
Reglas de la sociedad patrimonial en Bogotá
En la capital, debido al alto valor de la propiedad raíz, es fundamental entender qué entra y qué no en esta sociedad:
- Bienes que entran: Todos los bienes adquiridos a título oneroso (comprados) durante la unión por cualquiera de los compañeros.
- Bienes que NO entran: Los bienes adquiridos antes de la unión, o aquellos recibidos por herencia, legado o donación durante la misma.
- Importancia del registro Si usted compra un apartamento en el norte de Bogotá, tras 3 años de convivencia, este bien forma parte de la sociedad patrimonial, aunque la escritura esté a nombre de uno solo.
¿Cómo evitar que sus bienes previos se mezclen?
Muchos ciudadanos optan por realizar Capitulaciones Maritales antes de cumplir los dos años de convivencia. Este documento, firmado ante una notaría en Bogotá o de cualquier lugar del país, permite excluir bienes propios de la futura sociedad patrimonial, brindando tranquilidad a ambas partes.
Término para realizar la declaración de la unión marital de hecho
La declaración de unión marital de hecho se puede realizar en cualquier momento, teniendo en cuenta que es imprescriptible, es decir, no existe un término dentro del cual quien pretenda la declaración deba iniciar el proceso.
No obstante, frente a la declaración de la sociedad patrimonial derivada de la unión marital de hecho, prescribe en un (1) año, contado a partir del momento en que opera la separación definitiva de los compañeros permanentes, del matrimonio con terceros o de la muerte de uno o ambos compañeros permanentes.
¿Se puede declarar la unión marital de hecho entre parejas del mismo sexo?
En Colombia es posible declarar la unión marital de hecho y su consecuente sociedad patrimonial entre parejas del mismo sexo, para lo cual se deben cumplir los mismos requisitos establecidos en la ley 54 de 1990.
La declaración también se puede realizar a través de escritura pública o acta de conciliación cuando existe mutuo acuerdo, o a través de sentencia judicial cuando alguno de los compañeros permanentes no está de acuerdo.
La unión marital de hecho solo se conforma entre mayores de edad.
La ley 2447 de 2025 establece que ya no es posible constituir una unión marital de hecho (ni contraer matrimonio) si una de las partes, o ambas, son menores de 18 años. Anteriormente, existía el «permiso de los padres» para que jóvenes de entre 14 y 17 años pudieran formalizar estas uniones, pero esa excepción ha sido eliminada por la referida norma.
¿Necesita que un juez reconozca su unión marital en Bogotá?
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